Cada caso requerirá de un análisis personalizado, pero en general, tenemos las siguientes vías:
Nacionalidad por residencia
Esta forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Reducido a dos años para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
Más información sobre Nacionalidad por residencia AQUÍ .
Nacionalidad por carta de naturaleza
Esta forma de adquisición de la nacionalidad, tiene carácter graciable y no se sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.
Nacionalidad para españoles de origen
Los nacidos de padre o madre española.
Los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos).
Nacionalidad por posesión de estado
Tendrá derecho a la nacionalidad española aquella persona que haya poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un título inscrito en el Registro Civil.
Nacionalidad por opción
La opción es un beneficio que nuestra legislación ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, para que adquieran la nacionalidad española. Tendrán derecho a adquirir la nacionalidad española por esta vía:
Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
Aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
Nacionalidad por origen sefardí
Finalizado el plazo de solicitud el 1 de octubre de 2019, la Ley 12/2015 permitía solicitar la nacionalidad española a los descendientes de judíos sefardíes expulsados de la Península Ibérica en el s. XV. Actualmente el plazo sólo está abierto para la finalización del proceso para aquéllas personas que lo iniciaron antes de esta fecha.
Nacionalidad por Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos 2022)
La recién aprobada Ley de Memoria Democrática permite el acceso a la nacionalidad española a los descendientes de españoles, hijos y nietos, en unos supuestos concretos. Puede conocer más sobre los requisitos y supuestos de esta Ley en Ley de Nietos .
Una segunda opción es la obtención de un permiso de residencia, especialmente recomendable para aquellas personas que deseen establecerse en España. Es el caso del Visado de Inversor, Residencia no lucrativa, visado para profesionales altamente cualificados o visado de estudiante.
El Gobierno aprobó la Ley de Memoria Democrática que pretende rendir tributo a quienes tuvieron que abandonar España. Esta Ley permite el acceso a la nacionalidad española para descendientes nacidos en el extranjero.
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