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El Gobierno amplía un año el plazo para optar a la nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a la ampliación del plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española según lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, conocida como Ley de Memoria Democrática.


Se prorroga, por tanto, por un tercer año el plazo de dos años previsto en ese apartado para el ejercicio del derecho a optar a la nacionalidad española que dicha disposición adicional reconoce a los hijos y nietos de españoles. Hasta octubre de 2025.


Inicialmente, este derecho tenía un período de dos años desde la entrada en vigor de la ley para ser ejercido, lo que significaba que dicho plazo expiraba el 22 de octubre de 2024. Sin embargo, debido al alto número de solicitudes recibidas hasta el 31 de marzo de 2024, que sumaron un total de 301.121 solicitudes en las Oficinas del Registro Civil Consular, se ha decidido prorrogar este plazo por un año adicional.


Las estadísticas revelan que más del 95% de estas solicitudes provienen de las Oficinas Consulares de España en Iberoamérica y del Consulado General en Miami. Específicamente, los consulados generales en Argentina han gestionado el 40% de las solicitudes, y junto con el Consulado General en La Habana, han superado el 53% del total.


Esta prórroga permitirá que todas las personas que han presentado su solicitud y aún esperan una cita puedan ser atendidas. Además, dará la oportunidad a aquellos que planean presentar su solicitud y que no podrían ser atendidos dentro del plazo inicialmente establecido en la ley.

La decisión del Gobierno de extender este plazo demuestra su compromiso con facilitar y agilizar el proceso para aquellos que buscan obtener la nacionalidad española, asegurando que se respeten sus derechos conforme a lo dispuesto en la Ley de Memoria Democrática.

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3 de diciembre de 2024
La legislación portuguesa permite a las parejas de ciudadanos portugueses obtener también la nacionalidad de su cónyuge . No es algo habitual en otros países de Europa, ya que en muchos casos sólo se permite el acceso a la nacionalidad de la pareja una vez se ha residido en el país por un tiempo determinado. Este es, por ejemplo, el caso de España. La nacionalidad portuguesa tiene muchas ventajas ya que te permite el acceso a toda Europa, podrás trabajar, estudiar y residir en cualquier país de la UE. Un pasaporte de por vida. Para ello, es necesario estar casado o en unión estable con un ciudadano portugués cumpliendo con los siguientes requisitos : 1. Estar casado o conviviendo en unión formal con un ciudadano portugués durante más de 3 años . 2. Tener la relación previamente reconocida y registrada en Portugal mediante la Transcripción del Matrimonio en el Registro Civil Portugués o el Reconocimiento Judicial de la pareja de hecho. 3. Demostrar que tiene vínculos efectivos con la comunidad portuguesa . Hay que tener en cuenta que, la prueba de vínculos efectivos con Portugal no será necesaria cuando, por ejemplo, el matrimonio o unión se haya celebrado durante más de 6 años o cuando tengan hijos en común que ya son portugueses. En este caso, los lazos se presumen. Este proceso se puede llevar a cabo en Portugal mediante un abogado colegiado que le representará en todo el proceso sin necesidad de desplazarse. También los portugueses naturalizados, como es el caso de los nacionalizados a través de la Ley de Nacionalidad Sefardí , pueden transmitir la nacionalidad portuguesa a sus cónyuges . En cualquier caso, es una buena oportunidad de conseguir un pasaporte europeo sin tener que viajar o residir en Portugal. Si tu pareja es portuguesa, ¡no esperes más y solicita tu ciudadanía!. ¿Podemos ayudarte? te acompañamos en cada paso de tu proceso legal.
3 de diciembre de 2024
La Carta de Naturaleza es una vía excepcional para obtener la nacionalidad española, otorgada por el Gobierno en casos especiales.
26 de noviembre de 2024
Desde el 1 de abril de 2024 SÓLO se puede obtener la nacionalidad como sefardí acreditando la residencia previa en Portugal por el plazo de 3 años.
26 de noviembre de 2024
La nacionalidad española a través del apellido es un concepto que, aunque no está directamente reconocido en la legislación española, puede estar vinculado a la descendencia o al origen sefardí.
La Federación de Comunidades Judías de España reabre la emisión de certificados sefardíes.
4 de noviembre de 2024
La Federación de Comunidades judías de España vuelve a abrir la posibilidad de obtener el certificado de origen sefardí desde el 1 de noviembre de 2024.
30 de octubre de 2024
¿Quiénes pueden optar a la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática?
Por Rubén Mañanes Pérez 9 de julio de 2024
Menor británico consigue la nacionalidad española sin renunciar a su nacionalidad anterior
17 de abril de 2024
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Por Rubén Mañanes Pérez 20 de marzo de 2024
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17 de enero de 2024
Firmé el acta de la nacionalidad española hace más de un año y no he obtenido respuesta, ¿qué puedo hacer? Recurso de alzada ante la falta de respuesta a la solicitud de nacionalidad española por origen sefardí ("en tramitación" o "sin evaluar")
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