¿QUÉ HACER SI MI NACIONALIDAD HA SIDO DENEGADA?Los solicitantes suelen tener conocimiento de que la solicitud ha sido denegada al revisar el estado de la solicitud en la plataforma informática del Ministerio de Justicia, pero es importante destacar que hay que esperar a la notificación formal por parte del Consulado de la resolución de concesión para interponer el recurso.Una vez que se ha notificado la resolución denegatoria, el solicitante puede interponer Recurso de Alzada ante la propia administración. Dicho recurso se ha de interponer en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución denegatoria. En dicho Recurso se han de rebatir los argumentos de la Administración y en su caso, acreditar que sí se han cumplido todos los requisitos exigidos por la Ley.El plazo para resolver el recurso es de tres meses a contar desde su presentación y si no se ha resuelto el recurso en dicho plazo, se entiende desestimado por silencio negativo, quedando abierta la vía judicial.Si necesita más información, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
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